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Editorial del Programa ECOS del día 4 de Mayo de 2013

 

Progresividad ambiental. El caso de las fumigaciones

 

 

Son dias de mucho revuelo y de mucho trabajo en torno al tema de las fumigaciones periurbanas. Recordarán, quizás los que aquí no viven y escuchan esto por internet o diferido, que en Mar del Plata luego de muchos años se había logrado establecer 1000 metros de separación entre los agrotóxicos y la gente que vive frente al campo. A veces, pasa como en Borges, y no hay vereda de enfrente. Enfrente hay un señor pasando con una fumigadora.
Los productores cuestionaron la norma, el año pasado hubo una consulta pública y se prometió una instancia superadora: continuar con la prohibición en tanto se capacitaba a los productores que se hallaban dentro de ese espacio, a la agroecologia.
Pero hace 10 días el proyecto que salió de esa mesa, inconsulta para todos menos para los productores, fue algo muy distinto. Algo que ya no era una ordenanza de salud, sino un instructivo agrícola.
La distancia de 1000 pasaba a 25, y solo para escuelas, clubes, aguas. En los 100 siguientes se ayudaría a los productores que quieran hacer agroecología, pero… En los 1000, vía libre para los agrotóxicos hoy mal clasificados banda verde. Y digo mal clasificados porque solo para citar al defensor del pueblo de la nación o e la Auditoria General de la Nación: esa clasificación urge ser cambiada porque está mal hecha al no contemplar los efectos crónicos o sub letales de los productos, y menos aun, el cóctel que viene en bidón, remitiéndose solo al producto estrella, que no es, necesariamente el más tóxico del envase.
Y que recomiendan que mientras se baraje y se dé de nuevo, TODOS, si, todos, los agrotóxicos tengan banda roja y se empleen como tales. Porque nos engañaron, saben? Las empresas nos engañaron de ese modo y nos vendieron cosas muy fuertes como si fuesen aguita del cerro. Para vender más, se entiende. Años 90, se entiende mejor.
Así las cosas, desde BIOS y para que no puedan decir que nadie les avisó, entregamos al concejo deliberante un paquete con unos 200 trabajos científicos de las más diversas universidades del mundo, que dicen sobre qué tipo de cánceres o problemas disparan estas aguitas del cerro. Y los dictámenes, claro, del Programa interdisciplinario de bioética de esta Universidad, del Consejo Académico de nuestra Facultad de ciencias Exactas y una larga lista más, que dice: vuelvan a la franja sin aplicaciones de 1000 metros, porque si no, la gente se enfermará y capaz se muere.
La Municipalidad tiene competencia para mejorar las disposiciones siempre que la norma municipal sea superadora de la norma provincial.
La provincia puede tener una norma sobre cierto tipo de actividades y la municipalidad la puede mejorar, no prohibiendo una actividad sino introduciendo cierto tipo de prácticas en esa actividad, que considere superadoras en, por ejemplo, la protección del ambiente o de la salud.
Uno no puede largarse solo a prohibir sustancias, pero sí puede ordenar el territorio y regularlas, reglamentarlas, qué si y qué no.
La ordenanza regula una actividad en el sector rural con injerencia sobre el ámbito urbano.
En este caso, al municipio se le restringe el abanico de posibilidades para intervenir, y se abre la posibilidad de intervención muy fuerte para la provincia, a través del ministerio de asuntos agrarios, que no lo vemos demasiado por acá. Una provincia que tiene este mismo debate abierto en la mitad, al menos, de sus comunas. Hay que actualizar la ley, que está viejísima, de agroquímicos de la provincia, a la luz de las recomendaciones, consejos y dictámenes de tantos y tan alta calidad como ha habido.
Pero es claro que el Municipio sí puede hacer prohibiciones puntuales respecto de actividades que puedan tener impacto sobre los ejidos municipales y mejor aún, si lo hiciese con acuerdo con la provincia.
En este combo estuve conversando con el Dr José Esain, que es un abogado experto en temas ambientales, que agrega otro elemento super interesante: el principio de progresividad ambiental.
Cito a José en su trabajo sobre el tema:
“Pero progresividad implica también que los objetivos y metas alcanzados en la protección del derecho no pueden ser luego sacrificados y reducidos. Esto implica que una vez lograda una meta, ésta no puede volverse para atrás. El Estado no puede dejar de proteger lo que antes ha hecho porque de lo contrario se estaría preservando menos y reduciendo el círculo definido como perteneciente al derecho fundamental. El Estado debe ir comprometiendo cada vez más recursos para el logro del goce efectivo del derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado.”
Las decisiones, señalaba José, hay que tomarlas con impecable información técnica que asegure sin sombra de duda, la inocuidad.
Y acá es al revés, en nuestro caso, efectos de los agrotóxicos, las evidencias la condenan, no la avalan. Ya Naciones Unidas, me recordaba Esaín, habilitan a utilizar ese argumento en pos de la salud de las personas.
Hay para ello, todo un camino que andar. Porque el Estado tiene potestad de cambiar una norma “para atrás”, pero para hacerlo, necesita al menos dos cosas:
- una sólida y más compacta argumentación y justificación que avale por qué ha dado ese paso para atrás, con estudios suficientes que justifiquen el retroceso: Si hubo estudios antes, para adoptar aquella norma anterior, tiene que presentar otro tanto y más, que justifique el retroceso.
- dos, intereses públicos comprometidos. Va para atrás, porque hay intereses públicos comprometidos.
Acá, ¿hay justificativos técnicos? … más bien todo lo contrario.
¿Hay justificativos de intereses públicos? Sí, pero al revés, de parte de la salud de las gentes, no del bolsillo de los “privados”.
Y recordemos que por estas playas, si en una actividad que se va a regular hay incertidumbre sobre el efecto que produce en la salud, es el interesado el que debe llevar adelante la prueba de la inocuidad o no de esa práctica
Cuando le digan agroecología y le vengan con que van a echarle glifosato, desconfíe…
Asi estamos, como ven, en una interesantísima coyuntura, que, repetimos, puede terminar en un ejemplo para traccionar un cambio en la legislación provincial, o en un paseo judicial interminable.