Editorial del Programa ECOS del día 11 de Mayo de 2024
El Riachuelo, fallo y después
¡Muy buenas! Llevamos dieciséis años del aquél celebrado fallo que ordenó el saneamiento del Riachuelo, y como sabemos, hay un sinfín de cosas que nunca se han cumplido Y la Corte Suprema de la Nación le pidió a ACUMAR y a la Justicia de Morón que expliquen por qué han incumplido. La causa es la famosa "Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros s/ daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del río Matanza Riachuelo)", que se dictó en 2008.
La Corte solicitó informes a ACUMAR y a los juzgados Criminal y Correccional Federal N° 12 y Criminal y Correccional Federal N° 2 de Morón, a los fines de "evaluar el grado de cumplimiento de la condena dictada el 8 de julio de 2008 en la causa Mendoza, vinculada al saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo".
En aquélla resolución se había condenado al Estado Nacional, a la Provincia de Buenos Aires, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo a cumplir con el Plan Integral de Saneamiento Ambiental, que tenía tres objetivos a la vez: la mejora de la calidad de vida de los habitantes de la cuenca, la recomposición del ambiente en la cuenca en todos sus componentes (agua, aire y suelos) y la prevención de daños con suficiente y razonable grado de predicción.
Allá por diciembre de 2016 la Corte había requerido a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo que estableciera indicadores para poder medir el grado de ejecución de la decisión judicial y que informe cuándo iba a ir cumpliendo cada paso de los objetivos propuestos. Un año más tarde… la Corte afirmó que el informe presentado por la autoridad administrativa resultaba insuficiente y no respetaba los términos de la sentencia, razón por la cual le solicitó su readecuación.
Así que ahora, la Corte ahora requirió a ACUMAR que "en un plazo de 30 días presente un informe circunstanciado sobre el grado de avance en el cumplimiento de las decisiones judiciales, con particular referencia a los plazos ciertos informados y, en su caso, la debida justificación de los incumplimientos".
El tribunal señaló que la ejecución de la sentencia se encuentra delegada en los magistrados a cargo del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de Morón y del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 12, a quienes le corresponde el control de los contratos del plan de obras de provisión de agua potable y cloacas, del tratamiento de la basura y de su nivel de ejecución presupuestaria, y las restantes competencias que comprendan la cuenca baja, media y alta.
Acá, como en los cuentos y como hace 16 años, terminamos con “continuará…”.